Paraísos fiscales y la economía negra en el sistema internacional
Opinión
01/06/2020

Con el siguiente texto (en forma de divulgación científica), volvemos a la serie de economía política internacional, entrando en los temas más complicados del análisis del capitalismo, aún en el intervalo entre el período posterior a la crisis / farsa de 2008 y el momento en que La post pandemia se acerca, con el cambio evidente en la hegemonía mundial. China amenazará al liderazgo de Estados Unidos en algunos sectores, aún a la zaga de la presencia militar, pero definitivamente avanza para desafiar la hegemonía del dólar. Por otro lado, algunas características estructurales del capitalismo, como un sistema dominante en el mundo, seguirán siendo, entre ellas, el uso permanente de los llamados "paraísos fiscales", cuya denominación más apropiada entiendo que son las Jurisdicciones Especiales (JE). El tema de JE ha existido desde finales de 2016, cuando comenzamos a observar la activación de la Cooperación Jurídica Internacional y el castigo del delito financiero a través de las prerrogativas imperiales del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Antes de eso, en la acumulación de nuestro estudio, la evidencia de este empleo a escala mundial se observó en la crisis y en la absurda evasión de divisas en la burbuja inmobiliaria de 2008, cuando este analista se hizo eco de los estudios del especialista en contrainteligencia financiera de Francia, el comisionado nacional Jean François Gayraud. Gayraud tiene posiciones conservadoras, porque en última instancia, su trabajo trata de "limpiar" el sistema capitalista, pero como investigador, demuestra la evidencia del nexo financiero-criminal en todas las crisis financieras importantes, demostrando también el papel central en la usurpación de la riqueza colectiva a través de "los paraísos fiscales". En nuestra acumulación de estudios, la evidencia de este empleo a escala global se observó en la crisis y en la absurda evasión de divisas en la burbuja inmobiliaria de 2008, cuando este analista se hizo eco de los estudios del especialista francés en contrainteligencia, el comisionado nacional Jean François Gayraud. Gayraud tiene posiciones conservadoras, porque en última instancia, su trabajo trata de "limpiar" el sistema capitalista, pero como investigador, demuestra la evidencia del nexo financiero-criminal en todas las crisis financieras importantes, demostrando también el papel central en la usurpación de la riqueza colectiva a través de "los paraísos fiscales". En nuestra acumulación de estudios, la evidencia de este empleo a escala global se observó en la crisis y en la absurda evasión de divisas en la burbuja inmobiliaria de 2008, cuando este analista se hizo eco de los estudios del especialista francés en contrainteligencia, el comisionado nacional Jean François Gayraud. Gayraud tiene posiciones conservadoras, porque en última instancia, su trabajo trata de "limpiar" el sistema capitalista, pero como investigador, demuestra la evidencia del nexo financiero-criminal en todas las crisis financieras importantes, demostrando también el papel central en la usurpación de la riqueza colectiva a través de "los paraísos fiscales". cuando este analista se hizo eco de los estudios del especialista francés en contrainteligencia financiera, el comisionado nacional Jean François Gayraud. Gayraud tiene posiciones conservadoras, porque en última instancia, su trabajo trata de "limpiar" el sistema capitalista, pero como investigador, demuestra la evidencia del nexo financiero-criminal en todas las crisis financieras importantes, demostrando también el papel central en la usurpación de la riqueza colectiva a través de "los paraísos fiscales". cuando este analista se hizo eco de los estudios del especialista francés en contrainteligencia financiera, el comisionado nacional Jean François Gayraud. Gayraud tiene posiciones conservadoras, porque en última instancia, su trabajo trata de "limpiar" el sistema capitalista, pero como investigador, demuestra la evidencia del nexo financiero-criminal en todas las crisis financieras importantes, demostrando también el papel central en la usurpación de la riqueza colectiva a través de "los paraísos fiscales".
Economía sumergida y jurisdicciones especiales
El planeta vive un sistema de economía negra y, para eso, el empleo y el uso de los llamados paraísos fiscales (JE) crearon sistemas y regulaciones que ayudan a ocultar al verdadero propietario de los activos depositados en sus dominios. Es un mecanismo, a escala global, en el cual todos los poseedores de riqueza, individuos o entidades legales, que surgen de actividades económicas legales o ilegales, pueden ser utilizados. Firmas de abogados especializadas, firmas de contabilidad a escala global, auditorías que entran en conflicto de intereses permanente son algunas de las partes que componen este mecanismo. Según Joseph E. Stiglitz y Mark Pieth (2017, p.10), el equipo tiene estructuras profesionales e incluso gobiernos enteros:
Con la asistencia de firmas de abogados y contables (y a veces gobiernos que ofrecen decisiones fiscales secretas que autorizan dichas estructuras, como lo revelan los Luxembourg Leaks, denominados informalmente LuxLeaks), las compañías multinacionales transfieren ganancias desde el lugar de la actividad económica. para jurisdicciones con baja o nula imposición a través de manipulaciones de precios de transferencia y otros dispositivos para realizar transferencias al extranjero, lo que hace que la ubicación de la actividad económica asuma el costo social.
Mientras se mantenga el secreto, los posibles evasores de impuestos (a través de las oficinas de abogados fiscales y contadores internacionales) y los evasores de impuestos, así como los lavadores de dinero, probablemente intenten aprovechar estas jurisdicciones para ocultar sus activos. El problema principal, por lo tanto, es el secreto y, más generalmente, la opacidad. Necesitamos un código de conducta acordado internacionalmente que garantice la transparencia de la propiedad y la trazabilidad de los activos para sus propietarios finales. Contrariamente a la creencia popular, los intentos de autorregulación después de la crisis de 2008 fortalecen aún más las capacidades operativas de las empresas especializadas en este tipo de actividad, incluidos los bancos más grandes del planeta.
Los orígenes de los llamados paraísos fiscales, ahora llamados Jurisdicciones Especiales (JE), se remontan al último cuarto del siglo XIX. Por lo tanto, la atracción de depósitos por parte de personas físicas y jurídicas de no residentes es concomitante con el período de la raza imperialista, la disputa intracapitalista de finales del siglo XIX, un período que corresponde al lugar de nacimiento del antiguo imperialismo. La atracción se basó en las leyes de dos gobiernos estatales que forman la Unión Americana, Nueva Jersey y Delaware, en este orden cronológico (PALAN, 2009). Dos países europeos, la Confederación Suiza (Suiza) y el Principado de Liechenstein (ubicado entre la mencionada Suiza y Austria), copiaron la legislación pro mercado, las corporaciones pro de Nueva Jersey y Delaware, y las internalizaron en el continente europeo en el principios de la década de 1920.
Las leyes de los dos "paraísos" en tierra(es decir, dentro de la plataforma continental) los estadounidenses se basaron en la atracción de la sede, la sede de las corporaciones corporativas y aplicaron leyes que no impidieron las fusiones y adquisiciones ni gravaron el balance final de las grandes empresas legalmente establecidas allí. En el epicentro consolidado de la JE europea en el período de entreguerras se encuentra la ciudad suiza de Zúrich, que aumenta el modelo de legislación confidencial y de alto secreto, garantizando la legalidad de las empresas cuyo único registro público es un apartado de correos en una oficina de correos regular (PALAN, 2009) . La "contribución británica" a la legislación en defensa de las empresas no residentes, por otro lado, es la creación de una figura legal en la que la empresa tiene su sede física en un país, pero no se grava como las otras entidades legales ordinarias y actuales del lugar. Esta ley favoreció, y mucho,
El sentido común asocia a JE con estados independientes en islas paradisíacas u otros protectorados, territorios de ultramar de antiguos imperios europeos. Estos pueden ser los "paraísos" más conocidos, pero está lejos de ser la caracterización correcta. Como se puede decir sobre el uso, el uso de estas Jurisdicciones Especiales con un secreto comercial casi absoluto. No son solo los políticos de origen dudoso o los empresarios de la economía delictiva quienes operan estos circuitos. En la década de 1980, los depósitos en JE representaban más de una cuarta parte de las inversiones de las transnacionales estadounidenses (ETN) y aproximadamente un tercio de las ganancias obtenidas en el extranjero (HINES JR & RICE, 1990, p.31).
JE no ganó una dimensión global en la Era Thatcher-Reagan, pero su condición absoluta como mecanismo fundamental para depósitos en el extranjero o exentos de impuestos se produjo en la década de 1980. El mecanismo conjunto en el que operan las empresas transnacionales a través de sociedades de cartera ubicadas formalmente en JE viene no creciendo desde entonces. La combinación del secreto fiscal, la opacidad, la ausencia de información, el uso de la contabilidad creativa, el uso generalizado de empresas fantasmas y el hecho inequívoco de que la mayoría de las empresas en "paraísos fiscales" son, de hecho, filiales de instituciones bancarias de renombre forman la estructura de la llamada economía paralela (STIGLITZ & PIERCE, 2017, p.7).
Fondo de roca en competencia depredadora
El uso generalizado de estas Jurisdicciones Especiales amplía la disputa por atraer inversiones, a través de la oferta que siempre es más ventajosa para el capital, reduciendo el requisito de contrapartes, facilitando o renunciando a las garantías sociales y al mundo del trabajo, y las condiciones materiales aún precarias. vida en amplios territorios del planeta. La competencia entre países para atraer inversiones, y no solo aplicaciones financieras, de capital volátil que ingresa y sale de los registros de movimiento financiero de los estados, ha tenido lugar en forma de competencia depredadora. Los informes de la Comisión Independiente para la Reforma de los Impuestos Comerciales Internacionales (ICRICT) destacaron dos de los aspectos más sucios de la globalización: la transferencia de precios en el actual sistema de impuestos corporativos proporciona un marco fácil, dentro del cual las multinacionales pueden evitar los impuestos; y también impulsa una carrera hacia el fondo, ya que diferentes países compiten para atraer negocios al reducir sus impuestos (STIGLITZ & PIERCE, 2017, p.31).
A diferencia de los respetados economistas que firman el informe citado anteriormente, no me hago ilusiones sobre la autorregulación coordinada, ni sobre el compromiso de las tecnocracias estatales para la vigilancia del secreto y la opacidad del capitalismo en su etapa de acumulación financiera absoluta. Es decir, aunque son temas densos, lo que nos obliga a buscar estudios serios, comprometidos con las soluciones y no con el cinismo de los modelos neoclásicos (neoliberales en el sentido común), es única y únicamente la autoorganización de la sociedad, específicamente de entidades y movimientos en defensa de la justicia social. Solo una forma de vida equilibrada con biomas puede garantizar una lucha implacable contra la forma perversa de explotación y dominación capitalista en el siglo XXI.
Para averiguar quién posee la propiedad de miles de empresas en Jurisdicciones Especiales, que siempre actúan dentro de los límites o más allá de la propia legalidad de los países, visite: https://offshoreleaks.icij.org
31 de mayo de 2020
- Bruno Lima Rocha es becario postdoctoral en economía política, doctor en ciencias políticas y profesor universitario en cursos de relaciones internacionales, periodismo y derecho; editor de los canales de Estrategia y Análisis, análisis político de izquierda a izquierda
facebook.com/estrategiaeanaliseoficial
Twitter: twitter.com/estanalise
YouTube: Blog de estrategia y análisis
Telegrama: t.me/estrategiaeanalise
Referencias
HINES, JR & RICE, EM, 1990. Paraíso fiscal: paraísos fiscales extranjeros y negocios estadounidenses, Papers 56, Princeton, Woodrow Wilson School - Documento de debate.
Palan, Ronen. Historia de los paraísos fiscales , 2009. Documento electrónico ubicado en http://www.historyandpolicy.org/policy-papers/papers/history-of-tax-havens . Consulta celebrada el 28/05/2020.
STIGLITZ, Joseph E., PEITH, Mark Overcoming the black economy , Analysis No 20, 2017, Friedrich Ebert Stifung Brasil, febrero de 2017, documento electrónico ubicado en http://dowbor.org/blog/wp-content/uploads/2017 /04/17-Stiglitz-Pieth-Paraisos-fiscal-33p.pdf . Consulta celebrada el 28/05/2020.
https://www.alainet.org/en/articulo/206909
No hay comentarios:
Publicar un comentario