Gobierno y crédito
León Bendesky
E
l crédito es un instrumento para generar y asignar los recursos que se destinen a la inversión productiva y al consumo. No depende del ahorro o los depósitos que los individuos y las empresas colocan en los bancos. Es, esencialmente, una creación de las instituciones financieras; la cantidad puede regularse en un sistema complejo por medio de la política monetaria.
El crédito es una transacción mercantil que bajo ciertas condiciones puede ser un componente clave del crecimiento de la actividad económica pero, en otras, acarrea excesos especulativos y llevan a una crisis financiera. Hay casos que ilustran las condiciones en que esto ocurre a lo largo de la historia económica.
El crédito no es un derecho. La posibilidad de acceso a un préstamo es una precondición sustentada en la capacidad de pago de quien lo recibe. Así se determina el riesgo para quien presta. De ahí se derivan las condiciones del crédito: tasa de interés, plazo y condiciones de pago, incluidas las penas que se fijen por incumplimiento.
La definición del crédito consiste en la expectativa de cobrarlo. No puede confundirse con una donación, una transferencia o un subsidio. Conviene, por ello, identificar y separar esas formas de uso del dinero y, en específico, del presupuesto público.
En términos estrictos, si el crédito se considerara un derecho de los ciudadanos conllevaría la obligación de pagarlo. De modo radical puede hacerse el símil con el derecho de portar un arma, lo que no excluye la responsabilidad por asesinar a alguien.
El crédito surge de un contrato entre deudor y acreedor. Este puede ser escrito y conforme a las leyes vigentes o informal, de palabra, caso en que las condiciones económicas que se fijan y también del cobro suelen ser diferentes en extremo.
Cuando se habla de la democracia del crédito o, incluso, de la democracia financiera y se parte de la noción del derecho a recibirlo o al mismo derecho de acceso, sin especificar las condiciones de pago y que estas se ejerzan realmente, entonces aquellas nociones tienden a la conformación de un monopolio estatal de la actividad financiera. Otra vez se constituiría un sistema generalizado de transferencias y subsidios.
Los derechos no se aplican de modo selectivo a una persona o un segmento de la población. Crear políticas públicas para ampliar el acceso al crédito, como pueden ser las que se asocian con la inclusión financiera es un aspecto limitado. Además, está la promoción, por ejemplo, de distintas formas asociativas de financiamiento.
En el caso de las cooperativas de producción hay aportaciones de los socios que se usan para financiar la actividad productiva de los mismos. Si uno de los deudores no paga se merman los recursos de todos y, por lo tanto, es una exigencia crear contratos y mecanismos efectivos de cobro.
Un crédito implica la existencia de una garantía. Esta puede ser muy laxa como la sola palabra del deudor, o rígida como el compromiso de un título de una propiedad que puede ser reclamada en un juzgado. Ambas pueden ser eficaces. La primera existe en principio en mecanismos de tipo informal, como las tandas; pero ocurre también en la banca comunal que funciona de manera formal y con diversos elementos de regulación estatal.
Si las garantías no pueden ejercerse, el mecanismo del crédito se deshace. Mientras más laxas son tiende a ser menor la cantidad del crédito y mayor el riesgo de cobrarlo. Lo mismo sucede si es poca la capacidad de ejecutar las condiciones de pago de un contrato.
El crédito al sector popular, como lo concibe la ley, exige distinguir a la población que está en la llamada base de la pirámide de la distribución del ingreso. Los estratos de esa base son heterogéneos e igualmente sus necesidades de financiamiento.
Determinar una estructura para distribuir, gestionar y cobrar el crédito en ese segmento de la población tiene un alto costo, adicional al nivel de riesgo.
Este es, pues, un campo en el que la política pública tiene que definir los objetivos, las condiciones, la forma de distribución y el cobro de los recursos que el gobierno destine al crédito.
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