EL DELFÍN
Este es un espacio para la difusión de conocimientos sobre Ciencia Política que derivan de la Carrera de Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México.
lunes, 18 de julio de 2016
Tlataya: impunidad militar
Tlatlaya: impunidad militar
Carlos Fazio
J
unto con los graves acontecimientos de Iguala, Tanhuato, Apatzingán, La Calera, Ostula y Nochixtlán, la matanza de Tlatlaya marcará históricamente al régimen autocrático de Enrique Peña Nieto. El caso Tlatlaya involucra directamente al Ejército Mexicano y va en camino a quedar en la impunidad, a pesar de que la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) acreditaron que el 30 de junio de 2014 militares ejecutaron de manera extralegal, arbitraria y sumaria a un número que oscila entre ocho y 15 civiles, de 22 que resultaron muertos en una bodega de San Pedro Limón, en el estado de México.
Ese día, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) informó por Twitter que a las 5:30 horas soldados de la 22 Zona Militar fueron atacados por presuntos delincuentes en las inmediaciones del poblado Cuadrilla Nueva, municipio de Tlatlaya, y tras repeler la agresión 22 civiles fueron abatidos. Horas después, el gobernador mexiquense, Eruviel Ávila, reconoció la labor del Ejército y aseveró que los militares abatieron delincuentes en legítima defensa.
No obstante, tras sendos reportajes de la agencia The Associated Press y la revista Esquire, que pusieron en duda que las muertes hayan sido producto de un enfrentamiento, el 30 de septiembre de ese año la PGR acusó a siete militares por la ejecución arbitraria de ocho de los 22 civiles, y el 21 de octubre siguiente la CNDH emitió la recomendación 51/2014, en la que concluyó que entre 12 y 15 personas habrían sido ejecutadas de manera extrajudicial por los soldados.
El 1º de julio de 2015, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro (Centro Prodh) emitió un informe que contenía una orden escrita de operación de la Sedena, por la que se instruía a militares abatir delincuentes en horas de oscuridad. El 14 de julio, el juzgado sexto militar dictó sentencia absolutoria por el delito de infracciones de deberes militares a seis de los siete soldados, y el séptimo fue condenado a un año de prisión por el delito de desobediencia, pena que ya fue compurgada.
El 13 de mayo de 2016, el magistrado del estado de México Adalid Ambriz decretó la libertad de tres soldados que enfrentaban un proceso penal en el fuero civil por homicidio calificado y encubrimiento en la modalidad de alteración y modificación ilícita de vestigios del hecho delictivo (alteración de la escena del crimen y siembra de evidencias), por lo que todos los presuntos responsables materiales de los crímenes de Tlatlaya están libres.
Más allá de la verborrea demagógica del discurso presidencial y los mandos castrenses sobre el estado de derecho y el respeto a los derechos humanos en México, el caso Tlatlaya es paradigmático porque fue el primero donde elementos del Ejército Mexicano fueron juzgados después de la reforma de abril de 2014, que limitó el fuero de los integrantes de las fuerzas armadas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos consideró que aun con la reforma el Código de Justicia Militar no cumple con los estándares internacionales. Y como sostiene el Centro Prodh, la justicia militar no debió investigar el caso, por tratarse de un hecho grave de violación a los derechos humanos −como lo clasificó la CNDH, la cual comprobó que el lugar de los hechos fue modificado y los cuerpos movidos para simular que las muertes ocurrieron en un contexto de enfrentamiento−, además de que intervino de manera indebida al realizar actuaciones que no tendían estrictamente a la investigación de delitos contra la disciplina militar, y al realizar una averiguación previa paralela a la iniciada en el fuero civil.
Pese a los elementos existentes que demuestran la comisión de graves violaciones a los derechos humanos, los ejecutores materiales de los crímenes de Tlatlaya están libres por la deficiente actuación de la PGR, que no aportó las pruebas suficientes. Tampoco investigó la cadena de mando militar responsable por la orden ilegal de la Sedena de abatir delincuentes en horas de oscuridad.
Según declaró a La Jornada el director de Justicia Militar de la Sedena, general brigadier Gonzalo Corona, la verdad histórica y legal sobre Tlatlaya es que no hubo responsabilidad militar. Para el alto mando castrense −quien como sus pares es afecto a conjugar el verbo repeler como coartada para eximir al Ejército de ejecuciones sumarias o arbitrarias−, algunas conductas de militares son consideradas como delitos por intereses particulares o de grupo y difundidas de forma sesgada para minar la confianza de la ciudadanía en las fuerzas armadas (El Universal, 4/7/16).
La falta de verdad y justicia que prevalece en éste y otros casos ha hecho que en vez de que las fuerzas armadas se vean obligadas a una rendición de cuentas a cargo de civiles, se haya desatado un ataque no sólo contra las víctimas sobrevivientes en Tlatlaya y sus representantes, sino incluso contra la propia CNDH, a la que se ha presionado para que se retracte de su informe y declare inocentes a los militares que intervinieron en la matanza.
Como en los otros casos mencionados, Tlatlaya exhibe un patrón de abuso de la fuerza, negación de las graves violaciones de derechos humanos y estigmatización y criminalización de las víctimas por parte de los organismos de seguridad del Estado. Por ello, dado el alto índice de letalidad de las fuerzas armadas en sus tareas de seguridad pública y combate a la delincuencia, y la demostrada falta de pericia o imparcialidad de las autoridades judiciales, es necesario que una comisión independiente conduzca la averiguación del caso Tlatlaya de conformidad con el Protocolo de Minnesota para la investigación legal de ejecuciones extralegales, arbitrarias y sumarias. Y no es que la PGR no tenga buenos peritos forenses, sino que actúan por consigna y bajo presión del estado mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional.
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