El canal interoceánico por Nicaragua
Gilberto López y Rivas
L
a Academia de Ciencias de Nicaragua (ACN) –prestigiada agrupación establecida con el propósito fundamental de fomentar y difundir la ciencia, la investigación y la cultura científica como elementos básicos para el desarrollo humano sostenible– está por publicar la segunda edición ampliada de un libro imprescindible para el análisis de la actual coyuntura que atraviesa la entrañable patria de Sandino: El canal interoceánico por Nicaragua, aportes al debate (Managua, 2014, segunda edición, 2015).
Producto de cuatro foros organizados por la ACN en 2013 y 2014 y un taller internacional con 15 expertos mundiales, el texto reúne, además de importantes notas introductorias, presentación, introducción y los anexos documentales correspondientes, los trabajos de 13 connotados especialistas en biología, biotecnología, ingeniería ambiental, zoología, ecología, filosofía, derecho, economía, finanzas públicas, agronomía y sociología. Los capítulos de la obra versan en torno a las consideraciones ambientales del proyecto; las contradicciones entre el desarrollo económico y la protección ambiental; la importancia de los ecosistemas acuáticos; el aprovechamiento óptimo y la protección del gran lago de Nicaragua (Cacibolca); los posibles efectos del canal sobre la biodiversidad; el proyecto en el contexto del cambio climático; las consideraciones jurídicas sobre la ley 840 y el acuerdo marco de la concesión canalera; los aspectos jurídicos-contractuales; su impacto en la hacienda pública; la ilusión del desarrollo; su incidencia en la construcción de la nación nicaragüense y sobre los pueblos indígenas y afrodescendientes, así como las vías de desarrollo para el país en el contexto de las grandes inversiones internacionales.
La obra atravesaría el país de este a oeste, tendría 287 kilómetros de largo y cruzaría 105 kilómetros del lago de Nicaragua; su profundidad sería entre 27.6 y 30 metros, con una anchura variable entre 230 y 520 metros. La concesión por 50 años, prorrogables a 50 más, incluye, al menos, dos puertos, un aeropuerto internacional, carreteras, una zona de libre comercio, complejos turísticos, un lago artificial de 395 kilómetros cuadrados, así como plantas de acero, cemento y electricidad.
En las notas a la segunda edición, escritas por los colegas Manuel Ortega Hegg y Jorge A. Huete Pérez, se destacan tres tipos de preocupaciones de la comunidad científica nicaragüense respecto de este singular megaproyecto: en primer lugar, la falta de trasparencia que implicaron la negociación secreta, la ausencia absoluta de discusión entre la ciudadanía y los pueblos, la adjudicación directa sin ningún tipo de licitación y, como colofón de esta opacidad, la aprobación de la concesión por una Asamblea Nacional obediente al Poder Ejecutivo,
en el tiempo récord de tres días y tres horas de debates. En segundo lugar, el otorgamiento de la concesión sin estudios de factibilidad previos de carácter ecológico, jurídico, social, financiero, hacendario, económico o de cualquier otro tipo. En tercer lugar –lo más preocupante para esta comunidad científica nacional (e internacional)–, el elevado riesgo y daño ambiental que la obra implicaría para el lago de Nicaragua, el mayor cuerpo de agua del país y Centroamérica, y el mayor lago tropical del continente. En este último punto se señala que el dragado sería constante y más costoso que la propia construcción del canal, debido a la dinámica hídrica constante y agresiva del lago, que a diario remueve miles de toneladas de lodo y arena; además, se vislumbra la eventualidad de un derrame de petróleo en un cuerpo de agua cerrado, que representaría su muerte y la de su rica diversidad, a lo que hay que sumar los efectos de alterar los cursos actuales de los ríos, la construcción de un lago artificial y la interrupción del corredor biológico mesoamericano, que debido al canal ya no permitiría el flujo migratorio de las especies. En suma, los científicos dan cuenta de los activos ambientales que podrían perderse, como servicios ecosistémicos, biodiversidad, y sobre todo, seguridad en el abastecimiento de alimentos y agua.
A esto hay que sumar las enormes repercusiones en la vida socio-cultural del país; a “la ACN le preocupa también el riesgo de que este proyecto se convierta en disociador de la cohesión social campo-ciudad, conseguida tan trabajosamente después de la guerra de los años 80, y peor aún, en un factor que pudiera echar por la borda el esfuerzo de construcción de nuestra nación multiétnica y pluricultural, reconocida en la Constitución. Nos referimos –señalan los autores mencionados–, al conflicto abierto por este proyecto con las comunidades campesinas y comunidades indígenas.” Precisamente, una de las ponencias incluidas en la segunda edición sostiene que la ley canalera usurpa las funciones de los Consejos Regionales y Municipales en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur, en violación fragante del Estatuto de Autonomía, la Constitución y el marco jurídico internacional en materia de derechos indígenas, específicamente el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas.
Otro aspecto que destaca del libro en comento tiene relación con las debilidades jurídicas y la inconstitucionalidad de la concesión canalera (ley 840); las obvias y graves afectaciones a la soberanía nacional, particularmente, a lo que establece el artículo primero de la Carta Magna, que reivindica la obligación patriótica de legítima defensa del interés nacional cuando se encuentre amenazado o menoscabado: “La independencia, soberanía y autodeterminación nacional son derechos irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación…Es deber de todos los nicaragüenses preservar y defender estos derechos.”
Es imperativo que las decisiones que se tomen sobre un proyecto de tal envergadura –que cambiaría el país radicalmente– pasen por la consulta previa, libre e informada, que es la base fundamental de toda democracia.
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