Según el Relator Especial de NNUU
La ocupación israelí de los territorios palestinos desde hace 55 años es apartheid
GINEBRA (25 de marzo de 2022) – Un experto de Naciones Unidas ha solicitado hoy a la comunidad internacional que acepte y adopte las conclusiones de su informe [A/HRC/49/8, Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights in the Palestinian territory occupied since 1967], en el que se hace eco de recientes conclusiones de organizaciones de derechos humanos palestinas, israelíes e internacionales, al respecto de que Israel practica apartheid en el territorio palestino ocupado.
“Hoy en día, en el territorio palestino ocupado por Israel desde 1967, existe un sistema jurídico y político dual profundamente discriminatorio que privilegia a los 700.000 colonos judíos israelíes que viven en los 300 asentamientos ilegales construidos por Israel en Jerusalén Oriental y Cisjordania”, ha declarado Michael Lynk, relator especial de Naciones Unidas para la situación de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado desde 1967.
“Viviendo en el mismo espacio geográfico pero separados por muros, puestos de control, carreteras y una arraigada presencia militar, hay más de tres millones de palestinos y palestinas que carecen de derechos, viven bajo un régimen opresivo de discriminación institucional y sin vías de alcanzar el derecho a un auténtico Estado palestino tal y como la comunidad internacional les ha prometido desde hace tiempo.
“Otros dos millones de palestinos y palestinas viven en Gaza, descrita habitualmente como una ‘cárcel al aire libre’, sin acceso adecuado a la electricidad, el agua o la sanidad, con una economía colapsada, y sin autorización para viajar libremente al resto de Palestina o al mundo exterior”.
El Relator Especial sostiene que un régimen político que prioriza de forma tan intencionada y clara los derechos políticos, legales y sociales fundamentales de un grupo sobre otro dentro de la misma unidad geográfica y sobre la base de su identidad racial-nacional-étnica cumple la definición legal internacional de apartheid.
“El apartheid no es lamentablemente un fenómeno confinado a los libros de historia de Sudáfrica”, declara en su informe al Consejo de Derechos Humanos. “El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998 entró en vigor tras el colapso de la antigua Sudáfrica. Es un instrumento jurídico con visión de futuro que prohíbe el apartheid como crimen contra la humanidad hoy y en el futuro, dondequiera que exista”.
Lynk declara que en los territorios palestinos ocupados se aplica la administración militar de Israel con la intención deliberada de perpetuar sobre el terreno hechos consumados –principalmente a través de los asentamientos y los check points– para manipular la composición demográfica y realizar una aspiración permanente e ilegal israelí que cerca a los y las palestinas en reservas más pequeñas y confinadas de tierras desconectadas entre sí.
Ello se ha logrado mediante una combinación de acciones inhumanas que, aplicadas desde hace mucho tiempo por el ejército israelí contra la población palestina, forman parte integral de la ocupación, añade. Señala Lynk las ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales, la tortura, la denegación de derechos fundamentales, una tasa abismal de muertes de menores, los castigos colectivos, un sistema judicial militar abusivo, períodos de intensa violencia militar israelí en Gaza y demoliciones de viviendas.
Lynk afirma que varios informes y opiniones recientemente emitidos por respetadas organizaciones de derechos humanos palestinas, israelíes e internacionales han llegado a la misma conclusión sobre la práctica del apartheid por parte de Israel. Añade que destacadas personalidades internacionales –como el ex secretario general de Naciones UNidas Ban Ki-Moon, el arzobispo Desmond Tutu, la ministra de Asuntos Exteriores sudafricana Naledi Pandor y el ex fiscal general israelí Michael Ben-Yair– también han calificado estas prácticas como apartheid.
El Relator Especial denuncia que buena parte de la responsabilidad de esta situación descansa en la comunidad internacional. “Durante más de 40 años, el Consejo de Seguridad y la Asamblea General de Naciones Unidas han declarado en cientos de resoluciones que la anexión de los territorios ocupados por parte de Israel es ilegal, que la construcción de cientos de asentamientos judíos es ilegal y que la negación de la autodeterminación palestina viola el derecho internacional”.
“El Consejo y la Asamblea han criticado reiteradamente a Israel por violar sus resoluciones. Han amenazado con consecuencias. Pero nunca se han exigido responsabilidades. Si la comunidad internacional hubiera actuado de verdad en sus resoluciones hace 40 o 30 años, hoy no estaríamos hablando de apartheid”.
Para poner fin a la práctica del apartheid en los territorios palestinos ocupados, el Relator Especial reclama a la comunidad internacional que imponga [a Israel] medidas contundentes e imaginativas de rendición de cuentas con el fin de que ponga fin por completo a la ocupación israelí y a sus prácticas de apartheid en los territorios palestinos ocupados.
El Sr. S. Michael Lynk es Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado desde 1967.
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