Reforma constitucional de derechos humanos: balance a 10 años
ace una década, el 10 de junio de 2011, se llevaba a cabo uno de los avances jurídicos más importantes para optimizar la garantía de los derechos humanos en México. La reforma constitucional en la materia generaba un clima de esperanza entre la sociedad civil, pues suponía una mejora en las condiciones de exigibilidad para los derechos fundamentales, además de detonar una serie de transformaciones que las instituciones públicas debían acatar para que esta reforma llegara hasta los planos más profundos de la institucionalidad, de manera que su impacto se reflejara en una plena accesibilidad a los derechos humanos.
En síntesis, fueron 11 los artículos modificados a la Constitución para reconocer una mayor relevancia a los derechos humanos. Entre ellos destaca el importante cambio que supuso considerar a los tratados internacionales como fuente de los derechos; asimismo, se estableció la obligación del principio pro persona, que sitúa a la persona como el fin de todas las acciones del gobierno. Del mismo modo, se incluyó la obligación explícita de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos fundamentales, así como la obligación de investigar, sancionar y reparar las violaciones cometidas.
El anterior conjunto de cambios nos proporciona elementos de análisis comparativo para poder diagnosticar a 10 años de distancia en qué dimensiones se ha avanzado y en cuáles sigue habiendo una gran deuda. La compleja realidad de nuestro país, lastimada por las desigualdades estructurales, la violencia y la impunidad, nos obliga a repasar críticamente los logros y los pendientes de esta reforma. ¿Qué tanto se ha fortalecido nuestro sistema de justicia en esta década en términos de verdad, justicia y reparación?
En principio, podemos destacar algunos avances importantes en materia judicial, sobre todo en términos de procedimientos; sin embargo, estos avances son patentes principalmente en las últimas instancias judiciales, pero todavía no logran reflejarse en los juzgados, agencias del Ministerio Público, o en la sala de apelación. Correlativamente, debemos reconocer importantes muestras de avance en la creación de programas estatales de derechos humanos y en la capacitación de funcionarios de la administración pública; sin embargo, esos logros no acaban de reflejarse de manera convincente en la atención y acompañamiento a víctimas.
Del mismo modo podemos afirmar que se cuenta ya con un piso mínimo de exigencia, con el control de convencionalidad y otras herramientas de gran potencialidad jurídica, pero que lucen todavía limitadas en el ejercicio cotidiano. Todo lo cual deja la sensación de que la reforma constitucional pareciera no terminar de encajar en el sistema de investigación y sanción de delitos como un eficaz mandato, sino apenas como recomendación.
Sin duda, donde mayores cambios ha habido es en el nivel discursivo. Durante la última década ha proliferado el discurso de los derechos humanos entre las autoridades, en los círculos académicos y en el ámbito judicial; nos hemos acostumbrado a la mención de los derechos humanos en el discurso público, pero ello no provoca por sí solo los cambios estructurales que hacen falta, pues mientras el discurso no se traduzca en estructuras, mecanismos y herramientas concretas, se corre el riesgo de volver a los derechos fundamentales un mero recurso de la retórica.
No se pretende aquí despreciar la reforma constitucional, sino realizar un balance lo más objetivo posible, reconociendo los valiosos avances que ha aportado para la construcción de un estado de derecho, pero también evidenciando los pendientes más importantes que siguen siendo factores que limitan la garantía de los derechos en nuestro país. La reforma por sí misma es un gran avance, sí, pero es insuficiente si no se dispone de programas y políticas públicas que la concreten.
A lo largo de los últimos 10 años, la academia ciertamente ha advertido avances significativos en materia judicial, pero una y otra vez las organizaciones de la sociedad civil que hacen escuchar la voz de las víctimas nos recuerdan que de poco sirven las reformas normativas si no se reflejan en mejores condiciones de exigibilidad y accesibilidad para los ciudadanos, en especial las víctimas. También es necesario decir que, mientras el sistema judicial ha mejorado, la CNDH y otros organismos autónomos concebidos como instancias cercanas a la ciudadanía de a pie, muestran todavía un sinfín de deficiencias que impiden la democratización de la justicia.
Así, luego de una década de la reforma constitucional, los cambios de narrativa y de ejercicio judicial no se han logrado consolidar como procesos de mejora en términos de verdad, justicia y reparación con especial énfasis en las víctimas. Las masacres y graves violaciones del pasado siguen sin encontrar justicia y la impunidad sigue prevaleciendo en las violaciones, abusos y masacres del presente; todo ello hace imposible que las poblaciones vulnerables, como mujeres, migrantes e indígenas, entre otros, puedan creer que hay avances sustanciales en su acceso a la justicia.
Hoy por hoy, el principal reto es, sigue siendo, la atención y acompañamiento a víctimas; ellas deben ser el centro efectivo de toda política de derechos humanos, y son precisamente ellas con quienes el Estado continúa endeudado. A la ciudadanía nos corresponde seguir propiciando ese cambio educativo aún pendiente para fortalecer y profundizar nuestra cultura de la legalidad, de manera que cada vez seamos más los involucrados tanto en la exigibilidad como en la construcción de condiciones de posibilidad para el pleno goce de nuestros derechos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario