EL DELFÍN

Este es un espacio para la difusión de conocimientos sobre Ciencia Política que derivan de la Carrera de Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México.

sábado, 8 de junio de 2019

Los derechos de las OSC

Los derechos de las OSC
C
omo se ha reiterado, en México existe una sociedad civil organizada que desde su origen se comprometió con los problemas nacionales, el logro del bienestar, los derechos humanos y la democracia deliberativa. A pesar de la situación crítica que enfrentan, hoy las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) continúan impulsando esos valores y estrategias, ya que tienen un compromiso especialmente con los diversos grupos en exclusión, con los que contribuyen a transformar su perspectiva en clave de derechos. Con ello impactan también en el entorno social, la cultura de la no discriminación y la incidencia en la elaboración de las políticas públicas.
Las OSC y otras expresiones articuladas, como frentes y movimientos sociales y comunitarios, han hecho una contribución sustantiva a la alternancia en el poder y a la incorporación de los derechos humanos en la gestión de los poderes del Estado exigiéndoles el cumplimiento de sus obligaciones.
Dada la diversidad de las OSC que actúan en la nación y de aquellas que en las pasadas tres décadas han luchado por un cambio de paradigma democrático y se consideran parte de la izquierda social –de la que proviene el actual gobierno–, en la coyuntura electoral de 2018 emergieron múltiples agendas.
Han sido críticas ante decisiones contrarias a los derechos y animan a la ciudadanía a defenderlos. Por ejemplo, frente a los proyectos que se impulsan desde los ámbitos federal o local, defender el derecho a la consulta previa, libre e informada entre las poblaciones que habitan en los territorios involucrados.
Durante más de una década las Organizaciones de la Sociedad Civil abogaron por una cobertura legal, lo que dio lugar en 2004 a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las OSC. Un marco legal quizás insuficiente, pero que por el reconocimiento de estas organizaciones como actores de interés público, y porque ofrece argumentos claros y fundamentados para su fomento y participación, hace la diferencia. Dicha ley, motivo de múltiples propuestas de reforma, especialmente para asegurar una efectiva política pública de fomento en toda la nación, adquiere vigencia y relevancia ante la suspensión de recursos públicos para los procesos y proyectos de las OSC que han actuado con transparencia, autonomía y, claro, con apego a la normatividad.
Por ello diversas OSC se han encontrado para reflexionar sobre el cambio de escenario político con el nuevo gobierno, esperando correspondencia con la agenda de quienes luchan por las mismas causas. Pero ahora, y como consecuencia de sus declaraciones y decisiones –que las desacreditan y debilitan ante la opinión pública y los grupos de personas con las que trabajan, así como frente a las instancias nacionales e internacionales que históricamente las han reconocido y han sido solidarias con su compromiso en favor de la democracia, el desarrollo y los derechos humanos– coinciden en que no se vale hacer tabula rasa de todas ellas. Considerando el horizonte colocado por el Presidente, de una profunda transformación (la Cuarta Transormación), pensamos que la construcción de una nueva relación gobierno-sociedad no es imaginable sin la participación activa de la sociedad civil organizada, la cual tiene mucho que aportar desde su experiencia, capacidades y compromiso social. Lo que implica, en reconocimiento de sus derechos, un entorno que lo facilite. Un entorno favorable para la sociedad civil que está determinado por una serie de prácticas interrelacionadas (normas legales, administrativas, fiscales, informativas, etcétera) que contribuyen al fortalecimiento de sus capacidades para participar de manera efectiva y contribuir en los procesos de desarrollo sustentable.
Como ha sido reconocido desde distintos instrumentos internacionales, con base en la experiencia internacional se han identificado en efecto principios, normas y buenas prácticas que facilitan y contribuyen a que las OSC sean eficaces en el cumplimiento de su papel. Tales como la libertad de asociación, el derecho de reunión, el derecho a la información y el derecho a la libertad de expresión y, al mismo tiempo, a ser reconocidas legalmente y operar sin interferencia del Estado para cumplir con sus propósitos legales. Incluidos además los derechos a buscar y obtener recursos y la obligación positiva del Estado de proteger sus derechos.
Las OSC no necesariamente son un camuflaje de la democracia en un régimen neoliberal. Son un activo de la sociedad con una visión progresista que reivindica su derecho a organizarse, expresarse y participar en la esfera pública. Las democracias sólidas fomentan una sociedad civil fuerte y en favor del ejercicio libre de acciones que no la desincentiven o vulneren.
Frente a las actuales circunstancias, las estrategias que las OSC relevan son cuidar y defender sus derechos; revertir el descrédito en el que han sido colocadas; visibilizar lo que hacen y pretenden, y avanzar en una nueva relación gobierno-sociedad, componente fundamental en el tránsito hacia la Cuarta Transformación y a la gobernanza, bajo los valores de autonomía, solidaridad y actitud crítica.

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